ÂżQuĂ© es la silla vacĂa?
 Es el mecanismo mediante el cual uno o varios representantes de la ciudadanĂa pueden participar con voz y voto en las sesiones de los gobiernos autĂłnomos descentralizados (Concejo Municipal), en funciĂłn de los temas a tratar, para el debate y la toma de decisiones en asuntos de interĂ©s general. Las personas que participen con voto serán responsables administrativa, civil y penalmente.
El ejercicio de este mecanismo de participación se regirá por la ley y las normas establecidas por el respectivo gobierno autónomo descentralizado.
- Solicitud motivada dirigida al Alcalde/sa, en la que se hará constar: nombres, apellidos, dirección domiciliaria, número telefónico y dirección electrónica.
- Copia de cĂ©dula de ciudadanĂa y certificado de votaciĂłn.
- Documento o acta certificada que le acredite su representatividad, en el caso que corresponda;
- DocumentaciĂłn de soporte del tema a tratar.
- La solicitud debe contener la debida argumentaciĂłn y se presentará como mĂnimo con cinco (5) dĂas previos a la respectiva sesiĂłn del Concejo Municipal.
- Si el/la solicitante no cumpliere con los requisitos, el Alcalde/sa le notificará por escrito, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes, motivando las razones por las cuales no ha sido acreditado.
- El ciudadano/a que no fuere acreditado/a, podrá impugnar la negativa presentando una nueva solicitud con información y/o documentación adicional.
- Cumplido con los requisitos, deberá ser notificado con veinticuatro (24) horas de anticipación para participar en la sesión de Concejo respectiva.
- El/la ciudadano/a acreditado/a participará durante el tratamiento exclusivo del tema para el cual realizó la solicitud, por el lapso máximo de 10 minutos con derecho a una intervención adicional, como réplica, de 5 minutos para su exposición. No podrá referirse a otros temas que no sea aquel para el cual fue acreditado. En el caso de que las personas acreditadas representen posturas diferentes, deberán consensuar su voto en el término de diez minutos luego de haber sido escuchados, caso contrario, si no se llegara a consenso alguno, serán escuchados sin voto. No tendrán derecho a remuneración ni dietas por su intervención en las sesiones.